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El frente común conformado en Michoacán ante las amenazas legislativas contra la Fiesta de los toros y otras tradiciones mexicanas, invitan a un desfile que tendrá lugar el próximo sábado 25 de junio en la ciudad de Morelia.

Antecedentes:

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO PARA MODIFICAR EL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Y LA LEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JUAN PABLO PUEBLA ARÉVALO, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA.

 

DIPUTADO RAYMUNDO ARREOLA ORTEGA
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL
CONGRESO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO
P R E S E N T E.-

 

El que suscribe, Juan Pablo Puebla Arévalo, diputado integrante de la Septuagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 36 fracción II y 44 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; así como los artículos 8 fracción II, 234 y 235 de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, me permito presentar ante esta Soberanía la siguiente iniciativa de decreto que se propone reformar el artículo 310 del Código Penal para el Estado de Michoacán de Ocampo y el artículo 11 de la Ley de protección de los Animales para el Estado de Michoacán de Ocampo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El maltrato animal ha estado representado en nuestro país bajo diferentes aristas, sin embargo, unas de las facetas que más nos afectan como sociedad, es el maltrato animal vanagloriado como una festividad. Tal es el caso de la charrería, jaripeos, peleas de gallos, corridas de toros, novillos o becerros.

No hay una excusa válida para seguir tratando como una excepción a la norma sobre maltrato animal a las actividades antes descritas, puesto que los citados actos constituyen un espectáculo basado en la sevicia, no necesario para la supervivencia de las personas.

DECRETO

PRIMERO.- Se reforma el artículo 310 del Código Penal para el Estado de Michoacán de Ocampo, para quedar como sigue:

Artículo 310. Equiparación. Se equipara al delito de crueldad organizar, promover o realizar actos públicos o privados de riña de animales y cualquier acción o espectáculo en que se mate, hiera u hostilice a los animales.

SEGUNDO.- Se reforma el artículo 11 de la Ley de Protección a los animales para el Estado de Michoacán de Ocampo, para quedar como sigue:

Artículo 11. Se prohíbe azuzar animales para que se acometan entre ellos, y hacer de las peleas así provocadas, espectáculo público o privado.

T R A N S I T O R I O S

ÚNICO.- La presente reforma entra en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.

Atentamente

DIPUTADO JUAN PABLO PUEBLA ARÉVALO 

Palacio Legislativo, Morelia, Michoacán a 11 de marzo de 2016.

Es un Gran Desfile, que tendrá la participación de Charros, Toreros, Galleros, Jinetes, Comerciantes y la afición,  y se hace llamar “En Defensa de Nuestras Tradiciones”.

En el Estadio Morelos será el punto de reunión para la gente de a caballo y es donde se dará inició al desfile siguiendo por la calle décima arribar la Av.Madero y en el monumento a Lázaro Cárdenas se unirán los toreros , galleros y demás afición para continuar hasta las Tarascas y regresar por la misma avenida hasta culminar en la Plaza Monumental de Toros  con Magno Festival.

Festival  Totalmente Gratis.